viernes, 15 noviembre de 2024

El Tercer Ojo

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Impuestos: Acción penal contra empresa que usó documentos falsificados para no pagar deuda tributaria

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) inició el 27 de mayo de 2022 una acción penal ante la Fiscalía Departamental de La Paz en contra de la empresa constructora C.V.H. S.A.por los delitos de falsedad material, uso de instrumento falsificado, falsificación de sellos y papel membretado, para eludir el pago de una deuda tributaria en proceso de ejecución, que supera los Bs29 millones.

La Gerencia Grandes Contribuyentes (GRACO) La Paz del SIN inició un proceso de ejecución tributaria en contra de C.V.H. S.A.por deudas tributarias líquidas, firmes y exigibles contenidas en Títulos de Ejecución Tributaria.

Como siguiente paso, el 15 de marzo del año en curso, se declaró embargados los créditos pendientes de pago que la ABC tiene a favor de dicho contribuyente (sea que se traten de importes facturados o pendientes de facturar, así como aquellos derivados de cualquier tipo de contrato, hasta la cuantía suficiente para cubrir el importe de la deuda tributaria impaga).

Asimismo, se otorgó un plazo de 10 días hábiles para remitir los créditos embargados a la dirección de la Gerencia GRACO La Paz, mediante cheque de Gerencia, visado y/o certificado a efectos de su empoce a favor del fisco por cuenta del contribuyente o en su caso respaldar documentalmente la inexistencia de créditos pendientes de pago.

En el marco del seguimiento de este proceso tributario, el 24 de este mes GRACO La Paz se contactó con la ABC-Tarija, desde donde se informó que se tenía una nota de esa misma gerencia del SIN en la que “supuestamente” se solicitó la suspensión de la medida coactiva de retención. Algo que jamás ocurrió.

Al haber verificado la nota que se encuentra en poder de la ABC, se pudo evidenciar que el papel membretado, los vistos buenos y rubricas fueron escaneados, la firma del Gerente, así como el sello seco fueron forjados.

Los delitos de falsedad material, uso de instrumento falsificado, falsificación de sellos y papel membretado están tipificados y sancionados por los artículos 190, 198 y 203 del Código Penal Boliviano. 

Redacción/etob

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