El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, desmintió que la exfiscal Departamental de Tarija, Sandra Gutiérrez, haya sido destituida por emitir una orden de aprehensión en contra del expresidente Evo Morales, sino por los distintos errores procedimentales que presentaba el caso y otras negligencias.
“El suscrito Fiscal General del Estado, en ningún momento dio instrucción alguna de paralizar el proceso indicado, dichas órdenes de aprehensión libradas por la Comisión de Fiscales, no fueron dejadas sin efecto por el Ministerio Público, sino por la determinación de una Jueza de Garantías Constitucionales, en la tramitación de una acción de libertad, en la que dispuso la nulidad de las mismas, al advertir la violación a derechos fundamentales de las partes, evidenciándose, de esta manera, diferentes inconsistencias procesales en la tramitación de la causa, coligiéndose así una conducta negligente en el cumplimiento de funciones por parte de la exfiscal”, sostuvo Lanchipa.
La Máxima Autoridad del Ministerio Público aseguró que de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público, la exfiscal Gutiérrez tenía la obligación de ejercer la supervisión del ejercicio de las investigaciones llevadas adelante por los Fiscales de Materia dependientes de la Fiscalía Departamental de Tarija, para que todos los procesos de investigación se lleven sin errores de procedimiento.
“Siendo éste y otros aspectos relacionados a su idoneidad profesional que son de conocimiento público, los motivos principales para que el Fiscal General en suplencia legal, determine su alejamiento inmediato de la institución y no por la emisión del referido mandamiento de aprehensión”, dijo
De acuerdo a los antecedentes, se inició la investigación del presente caso sobre la base del Informe de Inteligencia de la Policía del 25 de septiembre de 2024, en contra del exmandatario Evo Morales, por la presuntas comisión del delito de Trata y Tráfico de Personas, en ese marco, la Fiscalía General del Estado determinó el inicio del proceso penal en su contra, librando los correspondientes requerimientos fiscales para la obtención de los elementos de convicción suficientes que ayuden a esclarecer el hecho.
Redacción
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