martes, 26 noviembre de 2024

El Tercer Ojo

Noticias de Tarija y Bolivia (Seguridad/Policial/Judicial)

¿Qué dice el decreto cuestionado sobre Derechos Reales y por qué temen que ponga en riesgo la propiedad privada?

La norma fue promulgada hace casi un mes por el presidente Arce. ¿Qué es lo que dice y por qué causa susceptibilidades? Esto es lo que hay que saber

El decreto supremo (DS) 5143 que reglamenta una de las leyes más antiguas que rigen en Bolivia ha causado la preocupación de varios sectores de la población que denuncian una presunta intención de atentar contra la propiedad privada.

Estas son las claves para entender de qué va el decreto, qué dicen quienes se oponen a él y la respuesta del Gobierno.

El DS 5143 reglamenta la Ley de Inscripción de Derechos Reales, que fue firmada por el presidente Gregorio Pacheco en 1887 y que a lo largo de los años ha tenido varias actualizaciones y reglamentaciones, siendo esta la más importante por hacer cambios en su sistema de registro, al integrarlo a un sistema único y digitalizado.

¿Qué es el Registro de Derechos Reales? Es aquel “encargado de la inscripción de los títulos sujetos a registro, con la finalidad de garantizar el derecho a la propiedad privada, individual o colectiva, así como la propiedad pública, otorgando la debida seguridad jurídica”. En sencillas palabras, es el lugar donde se inscriben propiedades como terrenos, casas y otros inmuebles.

El DS establece que el Registro de Derechos Reales depende del Consejo de la Magistratura, entidad dependiente del Órgano Judicial, que designará a una máxima autoridad por un periodo de cinco años y tendrá una estructura dividida en Oficinas Registrales.

La principal novedad del decreto, en comparación a anteriores actualizaciones, es que ordena el uso de herramientas de Gobierno Electrónico, ya que la norma crea un Sistema Único de Derechos Reales “que debe interoperar con sistemas de otras entidades públicas”.

Según señala la norma, este Sistema Único “centraliza e integra en una base de datos única todos los registros públicos de derechos reales a nivel nacional y contempla información que permite identificar de forma única a las propiedades”.

¿Cómo se creará este registro único?

Una de las disposiciones transitorias del DS señala que el Consejo de la Magistratura en coordinación con la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación – Agetic implementará el Sistema Único del Registro de Derechos Reales.

La creación de un Sistema Único, digitalizado y en red con otras entidades, que será creado con ayuda de la Agetic es la principal preocupación de los sectores que se oponen a la norma.

El Consejo de Defensa de la Propiedad Privada (Codepp), un organismo creado hace poco para rechazar este decreto supremo observa principalmente este punto.

Cuestionan que se implique en la creación de este Sistema Único a la Agetic, una entidad pública que está bajo tuición del Ministerio de la Presidencia, cuando Derechos Reales, según el mismo decreto, depende del Consejo de la Magistratura, que es parte del Órgano Judicial.

El temor de los sectores agrupados en el Codepp es que al inmiscuirse una Agencia del Gobierno se ponga en riesgo datos sensibles sobre la propiedad privada, que además podrían estar disponibles para otras entidades del Estado ya que se establece la “interoperabilidad” del registro.

El abogado constitucionalista José Luis Santistevan, en una columna escrita para la sección de Opinión de Unitel.bo, explica que el DS 5143 firmado por Arce es inconstitucional porque va en contra de la ley que reglamenta, en la que se establece que el Registro de Derechos Reales solo puede depender del Poder Judicial.

“A partir de la Ley del 15 de noviembre de 1887 la propiedad se encuentra bajo la tutela de una dependencia del Poder Judicial, sin que el Poder Ejecutivo se inmiscuya en los registros y control de los bienes, en resguardo del principio de seguridad jurídica sobre la propiedad”, señala Santistevan.

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El constitucionalista añade que “esta acción del Órgano Ejecutivo, de legislar por decreto supremo 5143 lo que está reservado para la ley especial, viola la Constitución”.

También se han opuesto al decreto supremo los sectores de la oposición interna del MAS, Evo Morales acusó al Gobierno de querer “generar un control a la privacidad de las familias bolivianas, a sus bienes inmuebles y a todos sus activos”, exigiendo su abrogación.

¿Qué responde el Gobierno?

El viceministro de Coordinación Gubernamental, Gustavo Torrico, reconoció esta semana en una entrevista a la red Erbol que la norma no se socializó, pero considera que las preocupaciones son infundadas.

Negó que pueda existir intromisión del Gobierno, dijo que la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación (Agetic) será la encargada de generar el sistema, pero no así su administración, que seguirá a cargo del Órgano Judicial.

Por su parte, el ministro de Justicia, Iván Lima, negó que el decreto sea inconstitucional y aseguró que en 2004 ya se promulgó un DS en el Gobierno de Carlos Mesa que también reglamentó la ley de 1887, y que en este caso solo se hicieron “ajustes” a la norma firmada hace 20 años.

“Este decreto de Mesa de 2004 y el nuestro, no tienen diferencias. Los dos decretos de Carlos Mesa y del presidente Arce tienen como fin reglamentar una ley”, dijo.

Sin embargo, sí hay diferencias, y tienen que ver con el punto más polémico y rechazado, el decreto firmado por Mesa no menciona la creación de un registro único, digitalizado, que sea interoperable y tampoco le da a una agencia del Gobierno la responsabilidad de crearlo.

¿Qué sigue?

El Codepp ha anunciado para este 10 de mayo una primera movilización ciudadana en Santa Cruz de la Sierra exigiendo la derogación del decreto y otra marcha para el 1 de junio en la ciudad de La Paz.

Mientras que, desde el evismo, el diputado Santos Mamani y el senador Luis Adolfo Flores anunciaron, por separado, que presentarán ante el Tribunal Constitucional acciones de inconstitucionalidad en contra del Decreto Supremo 5143.

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